Proponen en BCS divorcio «fast-track»


  • Si hubiera hijos de por medio, quedarían en manos de la madre mientras se resuelve
  • Cambios en la ley para que los los varones respalden a la mujer, desde el embarazo

La Paz, B.C.S.- La diputada Jisela Paes Martínez presentó, ante el pleno de la XIII Legislatura, una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar los artículos 294, 454, 461 y 507, y adicionar los artículos 308 BIS y 467 BIS del Código Civil para el Estado, a fin de elevar a rango de Ley los criterios jurisprudenciales y doctrinales que otorgan los otorgan los órganos jurisdiccionales, la facultad de fijar el monto de los alimentos tomando en consideración los medios de prueba que le sean allegados para comprobar los egresos del deudor y/o o el modo de la vida que daba a su familia.

En la lectura del documento en tribuna, Paes Martínez expuso que las reformas que se proponen al artículo 294 es para que en caso de admitirse la demanda de divorcio necesario, o antes si hubiere urgencia, se dicte provisionalmente y sólo mientras dure el juicio, el cuidado de los hijos para quedar que los menores de 12 años estén con la madre, excepto en los casos de violencia familia cuando ella sea la generadora.

Para el artículo 454 se establece que los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos, procurando la subsistencia y desarrollo de sus hijos, desde la fecha en que la madre confirme su embarazo, proveyendo lo necesario para su adecuado desarrollo gestacional; en tanto que el artículo 461 indica que los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos. Determinados por convenio, los alimentos tendrán un incremento automático equivalente al porcentaje en que aumente el salario mínimo diario vigente en el Estado, salvo que el deudor alimentario demuestre que sus ingresos no aumentaron en la misma proporción.

En este sentido, agrega, que el incremento en los alimentos se ajustará al que realmente hubiere obtenido el deudor. Estas prevenciones deberán expresarse siempre en la sentencia o convenio correspondiente, y considera que la mujer embarazada, los menores, las personas con discapacidad, los sujetos a estado de interdicción y el cónyuge que se dedique al hogar, gozan de la presunción de necesitar alimentos.

Por su parte las propuestas de adiciones corresponden al artículo 308 BIS para establecer que en los casos de divorcio, cuando los cónyuges hayan contraído matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, el Juez deberá señalar en la sentencia que ordene la disolución, la compensación a que tendrá derecho el cónyuge cuyos bienes sean notoriamente inferiores y se haya dedicado preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar y a la crianza de los hijos comunes; que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido a título oneroso durante la vigencia del matrimonio. El Juez resolverá atendiendo a las circunstancias especiales de cada caso.

Para concluir, la adición al artículo 467 BIS propone que cuando el deudor no obtenga ingresos fijos en carácter de asalariado, el Juez ordenará de oficio el aseguramiento para el pago de la pensión alimenticia en los términos previstos en el artículo anterior, y que cuando el deudor tenga el carácter de asalariado se instruirá a su patrón, para que descuente de la nómina el pago de la pensión alimenticia que el Juez determine a cargo del deudo.

La Iniciativa con Proyecto de Decreto fue turnada para su estudio y posterior dictamen, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, y de la Salud, la Familia y la Asistencia Pública.


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11 comentarios en “Proponen en BCS divorcio «fast-track»

  1. DICON :TODO COMIENZA DESDE NUESTRA MISMA FAMILIA,NUESTROS PADRES ESTAN EDUCANDO A LOS HIJOS ENSEÑANDO EL RESPETO POR LOS PADRES ? EXODO 20 :12.ESTABLECIENDO ESTE PRINCIPIO BASICO PODEMOS SEGUIR HABLANDO….DE TAL MANERA QUE SE PUEDE DEFINIR LA SITUACION MAS ORDENADAMENTE YA QUE UNA VEZ QUE LA PAREJA QUEDA CONSTITUIDA POR EL »HOMBRE Y LA »MUJER». LOS DOS, PERO ANTETODO ; EL »HOMBRE»DEBE SABER A QUE ATENERSE SI POR CUALQUIER MEDIO VOLUNTARIO O VIOLENTO…ABRE UNA RELACION SEXUAL…SE TIENE QUE ATENER A LA CONSECUENCIA O… SE CONSIDERA COMO MUY MACHO? PISA Y CORRE COMO EN EL BESIBOL ? DEJANDO CON EL PAQUETE SOLA A LA MUJER ?

  2. Avatar de juanito juanito

    como la ven con esta diputada del pan que no le a cumplido a la gente de la ampleacion hejido chametla con el deslinde de unos terrenos dice ella que tiene muncho trabajo en el congreso si como no me dan gana de cre erle jajaja si eso lo prome tio en campaña y no lo cumplio como dice ella tiene muncho trabajo y que se friege la gente que no le devuelva los tresientos peso que solicitaro para pagarle a un supuesto ign. y des pues dejarlos al agarete y todavia eso se ase la enojada cuando le pregunta que que paso le echa la bronca ala presidenta munucipal por que no la a tendio y despus a un regidor del pana pero no le contesta el regidor bueno a migo si crisoforo vendi la gombernatuara cuando gano que podemos esperar nosotros jajajajajajajajajajaj
    ga

  3. Avatar de ABOGADA DEL PUEBLO BAJACALIFORNIANO ABOGADA DEL PUEBLO BAJACALIFORNIANO

    Como es posible, que lo que dice en éste pliego, sea novedad, todas estas leyes estan ya previstas en el Código Civil para B.C.S., no hay nada nuevo que contar.

    1. Avatar de Jurisdicere Jurisdicere

      Excelente moción Abogada, tiene Usted toda la razón, y en mi caso, por más que leí el artículo, no encuentro la razón de ser de una propuesta a algo que ya existe y que además no se modificará en absoluto… saludos

  4. Avatar de pajeño pajeño

    ¿Cuando subió la iniciativa a tribuna? la Diputada está en la ciudad de México haciendo campaña con Josefina Vázquez Mota, no trates de desviar la atención de que la «diputada» (de muy bajo nivel por cierto) se encuentra en horas laborales haciendo campaña

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