Por secuestro exprés cometido en Cabo San Lucas

Este jueves 15 del mes en curso, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), obtuvo del Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento, fallo condenatorio en contra de una persona del sexo masculino, culpable de delito secuestro en su modalidad de secuestro Exprés agravado por haberse cometido por grupo de más de 2 personas y con violencia, que cometió el 26 de marzo del 2019, en Cabo San Lucas.

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Castigo ejemplar a secuestradores «exprés»

  • Proponen que suban las penas de 20 a 50 años de prisión

La Paz, B.C.S.- El diputado Carlos Castro Ceseña presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto con la que propone reformar el Artículo 280 BIS del Código Penal para el Estado de Baja California Sur, relativo al secuestro exprés.

En tribuna, el legislador expuso que la reforma al artículo 280 BIS establecerá que: “Se sancionará con prisión de veinte a cincuenta años y multa de mil a dos mil días de salario mínimo vigente en el Estado, a quien prive de la libertad a una persona, por un término que no exceda de seis horas y bajo amenazas con privarla de la vida o causarle daño, para obligarla a ella o a otra que realicen un acto que les cause daño patrimonial; o para conservar el producto de un robo o asegurar la huida después de cometido; o solicite u obligue a una persona a retirar dinero o valores de los cajeros electrónicos, cajas de seguridad, cajas registradoras y/o de cuentas bancarias a las que ésta tenga acceso”.
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