- Y en la zona centro de la ciudad es de 15 kilómetros por hora
- Prohibido utilizar el celular mientras se conduce
- ¡Conozca el reglamento de Tránsito!
La Paz, B.C.S.- Para respuesta de inquietudes de automovilistas sobre los márgenes de velocidad y otros deberes como conductor de vehículos en los términos de la ley de tránsito terrestre para el estado de BCS, damos a conocer lo que estipula el artículo:
ARTÍCULO 55.- La velocidad máxima a la que pueden circular los vehículos en la ciudad, será de 30 kilómetros por hora, excepto en los lugares donde se especifique otra mediante los señalamientos respectivos.
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