Por Víctor Octavio García
En el caso de Alcántar
- Protagonismo puro
- Abono a la duda
Ayer, en medio de la incredulidad generada por la aprehensión de Antonio Alcántar, el Procurador de Justicia, fiel a su estilo, soltó una vez más su clásico cuatro de bastos. En declaraciones hechas a Radio Cabo Mil, o fue bastante benevolente o demasiado inoportuno en sus dichos dado que lejos de precisar sobre la aprehensión del ex funcionario se metió en terrenos exclusivos del Juez. He aquí lo que respondió ante la pregunta del locutor sí el indiciado ¿Tiene que devolverle al estado lo que se llevó?. “Es una finalidad del proceso penal la reparación del daño –respondió–, pero aún así el hecho de que repare el daño no quiere decir que el delito no fue cometido. Esto puede ser una situación que valora el juez en sentencia para la imposición de la pena dentro de los máximos y mínimos que la Ley establece. Por decir, el peculado tiene una sanción establecida de 6 a 15 años y el uso de documentos falsificados que es el otro delito que fue determinado como cometido por el ex funcionario es de uno a 5 años, entonces el hecho de reparar durante el proceso o durante la causa penal, no quiere decir que el delito no fue cometido y obtenga su libertad, sino será un elemento que el juez puede tomar en cuenta”.
Seguir leyendo «ABCdario» →