ABCdario

Por Víctor Octavio García

Plebiscitos

* ¿En riesgo?

2 - 1 fede alberto alvarado 472452Después de leer algunas disparatadas declaraciones sobre el tema de los plebiscitos de algunos de los nuevos alcaldes quieren eliminar –por “costosos”, dicen–, vale la pena recordar que la restitución del plebiscito en BCS no fue por capricho, ni por obra y gracia del Espíritu Santo, sino producto de una necesidad largamente padecida en torno de una mayor participación y de representatividad política que por años demandaron habitantes de las zonas más apartadas y marginadas del estado (medio rural) y que el entonces gobernador del estado, Alberto Alvarado Arámburo, hizo suya y tras presentar una iniciativa de reforma a la ley orgánica municipal ante el congreso del estado el 3 de diciembre de 1980, se modifican los incisos A, B y C del Artículo 27 de la ley orgánica municipal, que dejan sin efectos las facultades discrecionales que tenían hasta ese entonces los Ayuntamientos (presidentes municipales) de nombrar directamente a los Delegados Municipales. Con las modificaciones a la ley orgánica municipal presentada por el entonces gobernador Alberto Alvarado Arámburo en 1980, se instituye en la ley orgánica municipal la forma denominada plebiscito, a través del cual se habría de elegir por voto libre y popular a la autoridad delegacional.
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