En relación a las inquietudes ciudadanas en relación a la operación de la empresa Cabo Fuels S.A. De C.V., que opera desde enero de 2013 en esta ciudad, publicadas en medios de comunicación locales, el XV Ayuntamiento de La Paz, hace del conocimiento de las acciones tomadas a fin de salvaguardar la seguridad de la población aledaña:
1. Con fecha 12 de julio de 2016, se cumplimentó orden de inspección dando como resultado inconsistencias en relación a materia de seguridad, dándole el término de 15 días hábiles para que las solventara.
2. Es el caso que con fecha 17 de agosto del 2016, y en seguimiento a las inconsistencias observadas, se cumplimentó la orden de verificación número DMPCLAP/010/019/16, a la empresa CABO FUELS, S.A. DE C.V., derivada de las quejas constantes, de los pobladores del ejido Chametla, respecto de la contaminación que genera la mencionada empresa.
3. Se levantó, el acta correspondiente de la verificación, dando como resultado, que se determinara con fundamento en los artículos 72 y 73 de la Ley de Protección Civil y Riesgos para el Estado y Municipios de Baja California Sur, la clausura total y temporal de la empresa, al incumplir principalmente con la información del proceso productivo y al ser omiso del estudio de los contaminantes que expulsa a la atmosfera.
4. Que en el acta levantada y referida en el punto anterior, por cuestiones de seguridad al estar operando las calderas o reactores donde se llevaba a cabo el proceso productivo y desconocer que gases emite la empresa se le otorgo un término hasta el día sábado 20 de agosto del 2016 a las 14:00 horas para que cerrara el proceso productivo que se encontraba en marcha.
5. Con fecha 22 de agosto del año en curso previa reunión sostenida con la empresa , por motivos de seguridad y con el fin de permitir el acceso a la empresa y solventar las observaciones en materia de seguridad y evitar el riesgo de acumulación de gases y/o incendio, se levantó acta circunstanciada en la que se hace constar que se retiran los sellos de clausura y se da por terminado el procedimiento administrativo de verificación, comprometiéndose la empresa a solventar las observaciones que constan en actuaciones anteriores, en un término no mayor a 30 días naturales posteriores al levantamiento del acta.
6. Al término de este plazo se realizará nueva verificación y en caso de ser omisas se procederá a su clausura.
7. Es importante resaltar que estas acciones se tomaron por la Dirección Municipal de Protección Civil toda vez que la empresa se encuentra en operación desde la administración anterior y la principal queja ciudadana es en materia de riesgos por la posible contaminación y riesgo de explosión. En ese sentido, Este ayuntamiento será vigilante que se acaten las observaciones realizadas a la empresa para salvaguardar a la población.
8. En caso de detectarse violaciones a disposiciones del ámbito municipal sin duda alguna se actuará en consecuencia en términos del marco legal. Por ello este XV Ayuntamiento de La Paz ratifica su compromiso con la sociedad y sobre todo con el marco de derecho que nos rige al gobierno, a los ciudadanos y a los empresarios que invierten en el municipio de La Paz.
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