Los hechos ocurrieron a principios de mes en San José del Cabo
La Procuraduría General de Justicia del Estado informa que el Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal, del Partido Judicial de Los Cabos, con Residencia en San José del Cabo, encontró elementos suficientes que aportaron el agente del Ministerio Público del Fuero Común, Policía Ministerial y peritos de la Dirección de Servicios Periciales, para decretar Auto de Formal Prisión en contra de una persona del sexo masculino, de 33 años, originario del estado de Puebla, por su relación en la comisión de hechos que pueden constituir delito de lesiones dolosas.
Los hechos ocurrieron el dos de abril, en San José del Cabo. Aproximadamente a las 22:30 horas, personal de Hospital General informó a la comandancia de la Policía Ministerial, de esa cabecera municipal, del ingreso de dos personas lesionadas, una del sexo femenino, de 28 años, y el menor del sexo masculino, de 10 años, ambos originarios del estado de Veracruz, quienes presentaron las siguientes lesiones: contusión en la boca y parte nasal; menor, contusión en parrilla costal izquierda, herida en maxilar superior izquierdo, contusión de órbita izquierda y probable fractura superior izquierdo. Lesiones que su naturaleza tardan más de quince días en sanar y no ponen en peligro la vida.
El procesado quedó interno en el Centro de Reinserción Social de San José del Cabo a disposición del Juez Penal.
De acuerdo al Código Penal Vigente en el Estado, el ahora procesados por el delito de Lesiones Dolosas, podría alcanzar una penalidad de hasta 2 años de prisión.
Con acciones como ésta, las y los servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado demuestran, en los hechos, su compromiso de realizar investigaciones profesionales, científicas y jurídicas, para poner a las personas relacionadas en hechos que la Ley señala como delitos a disposición del Juez correspondiente, y como en este asunto, lograr el Auto de Formal Prisión, con respeto a sus derechos humanos.
Se proporciona el número gratuito 01-800-71-07-293 para que las personas que lo requieran se comuniquen, sin costo, desde cualquier parte del estado y denuncie la comisión de cualquier hecho delictivo; así mismo, desde un celular telcel pueden marcar el 117 de la Policía Ministerial o 066 de emergencias.
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quiere decir que puedo llegar solicitar aborto o interrupcion voluntaria argumentado violacion sin que se llegue a verificar la autenticidad de los hechos si denuncia previa…. =( solo con llenar una solicitud mmm pues creo que van a ver tantas violaciones fantasmas para poder solicitar interrupcion voluntaria sin necesitad de tener autorizacion de los padres peor aun sin conocimientos de los mismos
la norma ofrece impunidad a los violadores y desprotege a las victimas
Presidente Peña Nieto: deje sin efecto la NOM 046 que deja impune a los violadores
¿Sabías que en México las niñas ya pueden abortar desde los 12 años sin la autorización de sus padres y que los violadores quedarán impunes?
El pasado 24 de marzo del 2016 el Gobierno Federal público en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma a la Norma Oficial Mexicana NOM 046 sobre Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
Además de los asuntos de violencia doméstica, establece el aborto libre al permitir abortar a una mujer que declara haber sido violada. No se exige denuncia. Ni siquiera exige la autorización de los padres para niñas de 12 a 18 años. Eso significa:
Aborto libre de hecho
Impunidad para los violadores
Desamparo para las niñas abusadas
Estos son los puntos más polémicos:
Cambia el término aborto por “interrupción voluntaria del embarazo” (IVE).
Se elimina el requisito para acceder al aborto en caso de violacion de denuncia previa ante el Ministerio Público para sustituirlo por una simple solicitud por escrito de la mujer donde manifieste que su embarazo es producto de una violacion.
Deja sin efecto la condición que existía de la necesaria autorización de los padres de la niña víctima de abuso sexual de los 12 a los 18 años de edad para cualquier procedimiento médico entre ellos el aborto.
Exime al personal sanitario de los hospitales públicos de la obligación de verificar la veracidad de la agresión sexual expresada por la solicitante.
Obligaría a todas las instituciones públicas de salud, ya sea federales o de los estados de la Republica, a terminar con la vida de los niños por nacer de estas mujeres.
Además el aborto deja de ser visto como un delito, para constituirse en un derecho de las víctimas. Esto sin mencionar que esta modificación de la NOM no toma en consideración la legislación de los estados que regula la patria potestad y el procedimiento del aborto en caso de violacion.
Esto es lo que estamos diciendo al presidente Peña Nieto:
“Por lo anterior exijo al Señor Presidente de México Lic. Enrique Peña Nieto de las instrucciones necesarias a los Secretarios de Economía y de Salud para que inicien el procedimiento administrativo necesario para dejar sin efecto las reformas a la NOM 046 publicadas el pasado 24 de marzo en el Diario Oficial de la Federación por violentar gravemente los códigos penales de los estados del país que definen el aborto como un delito y con un procedimiento legal claro para acceder a él en caso de violacion”.
Para más información:
http://www.citizengo.org/es/33801-dejen-sin-efecto-reforma-nom-046-que-da-acceso-al-aborto-libre-nuestras-ninas