- Homicidio de Jonathan Hernández Ascencio
- Pedirá revisión del recurso concedido
- Hay pruebas de testigos que lo vieron
- Están asentadas en los autos
La Paz, B.C.S.- Luego del análisis y estudio de la resolución dictada por el Juez Segundo de Distrito dentro del juicio de amparo 818/2012, la Procuraduría General de Justicia del Estado, considera que el juzgador se excede y extralimita en los alcances y efectos de la sentencia que otorga al quejoso Daniel Sánchez Ávila, la protección de la Justicia Federal.
Si bien existe en Baja California Sur, discusión por el tema de si el arraigo es constitucional o inconstitucional, legal o ilegal, al restringir a una persona de su libertad, tal situación no debe afectar la validez de las testimoniales, periciales o documentales que obren en la propia averiguación previa.
El Procurador General de Justicia Gamill Arreola Leal, afirmó que el Arraigo no es un acto aislado y exclusivo de motu propio de la Procuraduría General de Justicia, sino una medida cautelar expresamente prevista en ley, en la que intervienen para su actualización y vigencia acto jurídicos realizados tanto por el Ministerio Público como por la Autoridad Judicial, prueba de ello, es que desde el 2005 fue voluntad del Congreso del Estado incluir dicha figura en el Código de Procedimientos Penales, que faculta al Ministerio Público solicitarlo al Juez para que tenga vigencia.
Explicó que el Arraigo es una herramienta jurídica con la que cuenta el Agente del Ministerio Público para la investigación de los delitos, que lesionan y causan el mayor impacto a la sociedad sudcaliforniana como son: el homicidio, la violación y el secuestro, entre otros.
Al realizarse las reformas Constitucionales en el 2008, fue voluntad del Congreso de la Unión prever en el transitorio Décimo Primero, que mientras entra en vigor el Sistema Penal Acusatorio -fecha límite 2016, los Estados siguieran aplicando el arraigo como lo han venido haciendo.
Para esta resolución de amparo, el juez federal aplicó el criterio de Tratados Internacionales en Beneficio al quejoso. Sin embargo, en caso de que se estime que el arraigo sea ilegal o incompatible con tratados internacionales, no significa que tenga como efecto anular las pruebas recabadas.
Debemos entender que la persona actualmente no está presa por el arraigo, sino por el auto de formal prisión decretado por un juez penal, por ende, existió un cambio de su situación jurídica, que origina que el amparo debió haber sido declarado improcedente y por consecuencia, sobreseído.
Destacó que en la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Distrito, se analiza única y exclusivamente la INCOMPATIBILIDAD del artículo 115 del Código de Procedimientos Penales en Baja California Sur con Tratados Internacionales, y no la probable responsabilidad penal del Inculpado en el delito cometido.
El Abogado del Estado manifestó que hay que estar conscientes, de que actualmente en el país hay un debate donde se discuten y se confrontan ideas acerca de la forma de interpretar y aplicar nuestro derecho interno. No obstante, hay reglas que deben ser observadas, y en tema del Arraigo, aun se encuentra previsto en nuestro orden jurídico.
De mantenerse el criterio del juez de Distrito contenido en su sentencia de amparo, se sentaría un precedente en la entidad, que podría generar serias y graves situaciones de impunidad, por lo que dicha resolución debe analizarse en cuanto a sus alcances jurídicos, a su relevancia y a su trascendencia social. Es por ello, que será interpuesto el recurso de revisión para que la sentencia dictada por el juez federal sea revisada por el Tribunal Colegiado de Circuito, afirmó el titular de la dependencia, licenciado Gamill Arreola.
Insistió que en el supuesto de que el arraigo sea incompatible con Tratados Internacionales, no tiene porqué desestimarse el valor y los efectos probatorios de las pruebas recabadas en la indagatoria, que no afectan directamente con la restricción de la libertad personal del detenido, pues no fueron diligencias desahogadas en su persona, sino fueron obtenidas a través de declaraciones y reconocimientos de terceras personas que depusieron en su contra y expresaron haberlo visto cometer el delito imputado.
Finalmente reiteró que no es competencia de la Procuraduría General de Justicia del Estado, la modificación de las leyes penales como el Código de Procedimientos penales, donde esta actualmente prevista la figura del Arraigo como medida cautelar.
Descubre más desde Colectivo Pericú
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
AH PINCHE GAMILIN, , , NO CABE DUDA, PARECES GAVIOTA, A CADA PASO, UNA CAGADA QUE DAS Y LO PEOR ES QUE NO DAS LA CARA PARA DECLARAR QUE TU GENTE ES UN HERMOSO RASIMO DE PENDEJOS Y LO UNICO QUE HACES ES DECIR «»»EL JUEZ LA CAGO»»» HASME EL FAVRON KABOR, , , , YA TIRA LA CHAMBA Y VETE A LEVANTAR UNA MONEDITA CON TU CHAMBA, MI VIEJO
con todo respeto para los fiscales y agentes no saben armar una acusacion con pruebas contundente scomo debe ser,,cualquier abogado con una poca de experiencia sacara de todo lio con la justicia a daniel y hasta le pediran disculpas,,,,,,esperece tantito
IMPOSIBLE QUE UN PROCURADOR QUE JAMAS HAYA INTEGRADO UNA AVERIGUACION PREVIA CONOZCA LA PROCURACION DE JUSTICIA, IMPOSIBLE QUE UN PRESIDENTE MAGISTRADO QUE JAMAS HAYA SIDO SECRETARIO DE ACUERDOS NI JUEZ SEPA HACER UN PROYECTO DE SENTENCIA, AUNQUE CLARO LO HACEN LOS PROYECTISTAS NO¿ PORQUE ELLOS SON ADORNOS.
MARCOS SABIA Y SABE QUIEN PUEDIERA HABER SACADO ADELANTE LA PROCURACION DE JUSTICIA, PERO NO ERA DE SU GRUPO NI ERA DEL VALLE NI DELTIM 40, PERO SI TENIA EL PERFIL PARA PROCURADOR Y POR CIERTO BIEN ESTIMADO EN EL MEDIO, MUY TRABAJADOR Y CONOCEDOR DEL DERECHO CON UNA EXPERIENCIA EN LA PROCURACION DEJUSTICIA, PERO NO NO CLARO NO ES DEL VALLE, ESE SI SABE INTEGRAR PERFECTAMENTE UN EXPEDIENTE Y SOBRE TODO SI SE TRATA DE UN HOMICIDIO.
RESULTA AHORA TODO MUNDO SE AMPARA PORQUE NO SE ACTUA CON EL SOPORTE SUFICIENTE DE LA LEY,TANTO LOS QUE ESTAN ADENTRO COMO LOS QUE ESTAN AFUERA,PREGUNTE CO O DATO CURIOSO CUANTOS JUECES SE HAN AMPARADO PARA QUE VEAN EL VERDADERO DESORDEN DEL MANDAMAS EN TURNO,LASTIMA DE APELLIDO.(GALLO).
AHORA QUE VAS A INVENTAR GAMIL PARA ECHAR ABAJO UN AMPARO DE UN JUEZ FEDERAL,TU SOBERVIA, PREPOTENCIA Y SED. DE NO ACEPTAR QUE TU PROTEGIDO Y TU SE QUIVOCARON? ES DE HUMANOS PERO TAMBIEN ES DE HUMANO RECONOCER CUANDO ESTAN MAL, QUEDARIAN MEJOR – EL PUEBLO SUDCALIFORNIANO YA DESPERTOOO, Y EL CIEN POR CIENTO ESTA EN CONTRA DE ESTE ESCARNIO EN CONTRA DE UN INOCENTE, A NADIE!! ENGAÑAN!! ES VERGONZO TENER ESTAS AUTORIDADES EN NUESTRO ESTADO !!FUERAA!!
Y eso que el gobierno actual neopanista prometio claramente acabar con la impunidad que segun se debia a la corrupcion imperante en el aparato de justicia estatal, ya han pasado dos años y la justicia sigue siendo letra muerta en Sudcalifornia, a pesar de que el gobernador neopanista continua insistiendo que lo mas importante para el es la obra publica,,,procuradores van y otros vienen pero ninguno es lo suficiente eficiente para sacar del desperestigio a la cuestionada procuracion de justicia Sudcaliforniana. La justicia en b.c. sur. continuara siendo un negocio desde hace ya 14 años? desde la llegada de los amarillos ahora con la continuidad de sus complices azules, que al final son los mismos bandidos engaña tontos. ¡he dicho!
Viva la justicia de los covarrubias , mantener en la cárcel a un inocente a quien hasta el mismo padre de la víctima acepta su inocencia , y a quien la misma autopsia contradice las declaraciones de los testigos inventados por el peor procurador de la historia en BCS , un estado donde los culpables andan en suburvans blancas y los inocentes pagan condenas al antojo de unos traidores , sería bueno hacer público el expediente para que toda la ciudadanía se enterara de las cochinadas que un desesperado procurador a utilizado para inculpar a un muchacho de quien sólo el lo cree culpable , todo se paga y este gobierno tiene que PAGAR !!!!!!
Y EL PAPA DEL JONATAN QUE DICE????? ESTA MUY CAYADITO EL !»#$%&/(,,,,TAN BOCON QUE ESTABA
los pleitos legales no se ganan con declaraciones distractores, se ganan con la ley y la constitucion bajo el sobaco, por eso estos personajes que tenemos en la procuracion de justicia no ganan una, en cuanto el caso sale del estado, pierden, pretende el procurador que creamos que tiene mas razon el que un juez federal, haganme ustedes el cabr…. favor, a ver señor procurador, ¿porque no llama a declarar al procurador de aquel entonces ?, ¿porque no llamam a declarar a los agentes que llevaron al gary al aeropuerto ?, ¿ a que le temen ? ¿ a quien encubren ?, esas son las dudas que tenemos los sudcalifornianos, creo que no se nesecita ser un estudioso de la ley para darnos cuenta que DANIEL no es mas que otro chivo expiatorio, ¿ o no ?
lastima del sueldo que han gastado en este corredor publico que yo creo que en su vida habia visto un caso si quiera ya que hacia tramites de inscripciones en el municipio y eso eran sus jales no era el de andar litigando pobre !»#$%&/( le dieron un huesote y no haya como comercelo por que cada vez que abre el …!!! la caga
DEFINITIVAMENTE «»»»CESE AUTOMATICO A ESTE APRENDIZ DE DERECHO QUE PUSO POR DEDAZO EL ….!!! DE COVARRUBIAS, HABER ESPEREMOS QUE EL CONGRESO DEL EDO. EVALUE Y DESTITUYA PERO YAAA…A ESTE FUNCIONARIO PUBLICO QUE NO DA CON BOLA EN LA PROCURADURIA.
ESTOY DE ACUERDO EN QUE EL PROCURADOR FALLA UNA Y OTRA VEZ EN SU RESPONSABILIDAD Y QUE EL …!!!! DEL GOBER DE COMONDU LO SIGA SOSTENIENDO EN ESE PUESTO TAN DELICADO.
PERO NO TIENE LA CULPA EL INDIO SINO ELO QUE LO HACE COMPADRE. LOS UNICOS RESPONSABLES DE TANTAS BARBARIDADES QUE SE COMETE EN LA IMPARTICION DE LA JUSTICIA DE ESTE GOBIERNO PANISTA SON LOS INUTILES DIPUTADOS QUE COBRAN EN EL CONGRESO ESTATAL. FUERON ELLOS QUIENES DIERON EL SI ($$$$$$) PARA QUE ESTE ABRRANTE ABOGADO ASUMIERA LA DELICADA FUNCION DE PROCURADOR DE JUSTICIA.
GAMIL DIJO QUE DEMANDARIA AL JUEZ QUE LIBERO A NARCIZO Y ARMO UN …!! QUE AL FINAL DE CUENTAS EL SE LO TUVO QUE TRAGAR.AHORA CULPA NUEVAMENTE A OTRO JUEZ CON ESTE CASO TAN TRILLADO Y SIN SOLUCION ACLARATORIA HASTA LA FECHA.
PORQUE NO CITA EL GOBIERNO DEL ESTADO A TRAVES DE LA PROCURADURIA A LOS EXPROCURADORS GONZALEZ RUBIO Y KARIM QUIENES MANOSEARON TANTO ESTE CASO Y FINALMENTE DEJARON LAS COSAS MAS ENREDADAS. ELLOS SABEN QUIEN FUE EL ASESINO PERO COMO ERA DE CASA LO ENCUBRIERON Y CONVIRITERON EN TODO UN ENGRUDO LA MASA.
fijense que una de las pruebas son testigos presenciales que tardaron buen tiempo para declarar que vieron a este compa disparar, porque no lo dijeron al otro dia pero uno de los señalamientos que de plano son de risa es el alias EL HIJO DEL GOBERNADOR ademas de largo y ridiculo es inconcebible si alguien te quiere dar carrilla al cabo no nos gusta, pues le ponemos el pelos el boca de truzas o el almorranas si quieres pero bueno
el arraigo no es inconstitucional, porque esta previsto en la constitución; lo que es inconstitucional es la forma en que procede y aplica este tipo de medidas el cuasi abogado Gamiil y co. lo único que hace con estos comentarios es demostrar su ignorancia! ya estuvo bueno de que las autoridades federales se la pasen demostrando la ineptitud de la procuraduría para hacer el trabajo por el cual les estamos pagando ¡y muuy bien! es muy clara la constitución en establecer que el arraigo lo decreta una autoridad judicial (juez); lo ilegal y que no sé que parte no entiende el seudo abogado del Estado, es que no debe ser emitido el arraigo por el Ministerio Público (y según ellos ratificado por el Juez), asimismo el arraigo es domiciliario (limitativo y no privativo de la libertad), por lo que NO debe ser ejecutado en una casa distinta a la del presunto responsable, salvo casos excepcionales, y por tal motivo deben ajustar dicha medida de arraigo al procedimiento establecido constitucionalmente; ajustarse a la legalidad es tan dificil para Gamill? alguien sabe ¿DONDE ESTUDIÓ GAMIL??? no conocerá algún litigante que pueda ayudarle a demandar a su universidad???
Es fácil advertir que la Constitución nada mas autoriza el arraigo, cuando se trata de delincuencia organizada, y nuestro código de procedimientos lo reglamenta para delitos graves, por lo que es obvio que esta reglamentación no se ajusta a lo previsto por la Constitución y está en contra de ella.
Es una forma de castigo anticipada, incluso anterior a la prisión preventiva. El arraigo es neutralizar a las personas, por la supuesta comisión de delitos vistos como peligrosos “EL MODELO COMO ESTA AHORA SIGNIFICA EL DETENER PARA LUEGO INVESTIGAR”.
Sin embargo en la actualidad la procuraduría primero detiene y después investiga, porque al detener a una persona se le vencen las 48 horas, y al no tener pruebas para ponerlo a disposición de la autoridad judicial, le solicita a esta el arraigo, sin tratarse de de delitos de delincuencia organizada, y lo mas aberrante la autoridad judicial concede el arraigo.
PARECIERA QUE ESTAMOS REGRESANDO A LA ÉPOCA ¨DORADA DE LA SANTÍSIMA INQUISICIÓN¨ EN QUE POR EL SOLO HECHO DE QUE ALGUIEN SEÑALABA A UNA PERSONA, LOS INQUISIDORES LO SOMETÍAN A LA PRIVACIÓN DE SU LIBERTAD Y LO ATORMENTABAN HASTA EL CANSANCIO PARA QUE SE DECLARARA CULPABLE.
TAN SIMILAR ES QUE EN EL ARRAIGO OBLIGAN A DECLARAR AL ARRAIGADO Y LO ATORMENTAN PARA QUE SE DECLARE CULPABLE, FORMA QUE SE SUPONÍA COMPLETAMENTE SUPERADA.
Que verguenza de Justicia el gran tropezooon de Covarruvias…
Si el arraigo es inconstitucional, por logica todas las pruevas que se recavaròn no son legales por lo cual no se podran tomar en cuenta.
Pruebas dijo el Seudoprocurador???
No hay ni una sola prueba forence o fisicas. solo hay señalamientos, mismos que han cambiado su testimonio infinidad de veces.
Imaginense que metan al bote a un hijo de usted, por un simple señalamiento. sin prueba alguna, simplemente porque lo señalaron.
De esos hay muuuchos en el cereso.
cierto, es increible que una persona como esta sea el procurador general de justicia del estado, deberian regresarlo a la escuela, no puede ser!
arraigo es el medio para investigar a una persona jajaja es un medio para que el inculpado no se sustraiga de la accion de la justicia, siempre y cuando haya elementos suficientes para suponer que este trate de sustraerse.
que «los diputados locales dijeron y aprobaron», que no el abogado es el? en la carrera no enseñan que la constitucion esta por encima de las demas leyes y que los tratados internacionales estan al mismo rango de la constitucion?.
no entiendo como es que el gobernador aun lo sostiene en ese cargo, siendo una persona tan poco culta, como le puede decir el a un ministerio publico si esta mal o bien una integracion si el no sabe integrar un expediente, en fin, suerte a todos y mejor cuidense que no les pase nada porque se ayudarian mas solos.
34634RGF
POBRE PROCURADOR POR LO QUE VEO DEBERIAN DE REGRESARLO A LA ESCUELA DE DERECHO,YA QUE SIN VER LA SENTENCIA SE PUEDE VER QUE SI EL ARRAIGO TIENE POR OBJETO EVITAR QUE EL PRESUNTO INCULPADO SE EXTRAIGA DE LA JUSTICIA EN LO QUE SE RECABAN PRUEBAS, ES EVIDENTE QUE PARTE DEL OBJETO ES DAR TIEMPO EN QUE SE RECABEN PRUEBAS, POR ENDE SI EL ARRAIGO ES DECLARADO ILEGAL EL TIEMPO OBTENIDO Y LAS PRUEBAS OBTENIDAS EN ESE TRANSCURSO DE TIEMPO, (MISMO QUE NO SE HUBIERE TENIDO SIN EL ARRAIGO) RESULTAN TAMBIEN ILEGALES POR HABERSE OBTENIDO DURANTE UN LAPSO DE TIEMPO QUE NO DEBIO DE CONTAR EL MP PARA INTEGRARLAS
TOTALMENTE DE ACUERDO CON SUS ATINADOS COMENTARIOS. mi estimado forista «la verdad duele»…SALUDOS.-
estoy de acuerdo!
PERO BIEN QUE LIBERARON A NARCISO AGUNDEZ SIN HACER PANCHOS NI IMPUGNAR AMPAROS
NARCISO ES LIBRE
PORRAS TAMBIEN
PERO HAY QUE CLAVAR A DANIEL
COMO AL «HIJO DEL CHAPO» DE FELIPILLO
QUE RESULTO SER UN FRAUDE MAS,….
Haber procurador, representa consecuencias graves, serias y de impunidad los alcances de la sentencia de amparo? PUES HAGA BIEN SU TRABAJO, PARECE QUE NO ESTUDIO LA CARRERA DE DERECHO, SI HICIERA BIEN SU TRABAJO NO ESTARIA PASANDO ESTO, AHORA QUIERE HECHAR CULPA AL JUEZ DE DISTRITO COMO LE HECHO LA CULPA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Y ESTE AMIGO DELINCUENTE ES MILLONARIO O ESTA PALANCAS ????? PARA QUE HAYA SIDO DIFICIL DE METERLO AL TAMBO…
QUE ENDEJO ERES, NO AGARRAS LA ONDA O ERES IGUAL DE IGNORANTE QUE LA JUSTICIA DE GAMIL
El Amparo de la Justicia Federal, mas que detener y atacar actos violatorios realizados por una autoridad, de los derechos fundamentales de un individuo sujeto a una investigación o vinculado a un proceso. Atacan y buscan enmendar los errores cometidos en primera instancia por los juzgados locales y sus ministerios públicos, al evadir por falta de seriedad jurídica, el debido proceso. Lo que mejor saben hacer es, dar la cara a la sociedad como mártires de los Jueces de Distrito, Tribunales Colegiados y de los de Circuito; invocando de esta forma a la distracción, para ocultar su incompetencia y desdén.
Arraigo domiciliario, no en esa «casa de arraigo» que está en peores condiciones que el cereso.