Habrá restricciones en carreteras del estado


 

  • Dirigidas a vehículos de carga pesada y de transportes de materiales inflamables
  • Estarán vigentes desde del 16 de diciembre de 2011 al 02 de enero de 2012

La Paz, B.C.S.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través del Centro SCT de Baja California Sur, informa a los permisionarios y usuarios de los servicios de autotransporte federal, que con el objetivo de reforzar las acciones que permitan el tránsito seguro en los carreteras de jurisdicción federal durante el período vacacional de invierno, se han establecido restricciones de circulación que estarán vigentes de las 00:00 horas del 16 de diciembre de 2011 hasta las 23:59 horas del 02 de enero de 2012.

En el caso de las grúas industriales y equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso o volumen que cuenten con el permiso especial de esta Secretaría, si podrán transitar en el periodo antes señalado de martes a jueves de 07:00 a las 18:00 horas. Los días del 16 al 19, 23 al 26, 30 y 31 de diciembre, así como 1 y 2 de enero de 2012, deberán suspender totalmente su tránsito.

Para las combinaciones vehiculares que transporten productos básicos y energéticos, como son: gasolina, diesel, combustóleo, gas LP, turbosina y amoniaco, podrán transitar sin restricción de horario, siempre y cuando cumplan con las medidas preventivas de seguridad relativas a las condiciones físico-mecánicas de los vehículos* a fin de reducir la ocurrencia de percances.

En el caso del transporte de amoniaco, quedará bajo la estricta responsabilidad del expedidor de la carga y del transportista, quienes deberán incrementar las medidas de seguridad.

Las transportación de materiales y residuos peligrosos distintos a los anteriores, en configuración de tractocamiones doblemente articulados así como de automóviles sin rodar en góndolas, madrinas o nodrizas, podrán transitar únicamente por caminos clasificados como “ET” (eje de transporte) y “A”, sin restricción de horario durante el periodo vacacional.

Además de lo anterior, deberán respetar los límites máximos de velocidad a la que podrán transitar los vehículos o configuraciones vehiculares, según el tipo de camino, aún cuando los señalamientos viales indiquen velocidades superiores, serán las siguientes:

Se permite una tolerancia de 15 km por hora exclusivamente para disponer de mayor seguridad al realizar maniobras de adelantamiento o rebase.

En ningún caso se podrán exceder las velocidades que se establecen en los señalamientos viales, cuando estas sean menores a las indicadas en el cuadro anterior.

De esta forma, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes exhorta a los permisionarios de autotransporte federal para que tomen las previsiones pertinentes y acaten las restricciones de circulación anteriormente señaladas, contribuyendo así a la prevención de accidentes en los caminos y puentes de jurisdicción federal.


Descubre más desde Colectivo Pericú

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

3 comentarios en “Habrá restricciones en carreteras del estado

Deja un comentario