Derogación de artículos caso UABCS


 

  • Juez federal metió en cintura a diputados locales

La Paz, B.C.S.- Los integrantes de la XIII Legislatura aprobaron la Iniciativa con Proyecto de Decreto que deroga los artículos Segundo, Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto 1903 mediante el cual se reformaron y adicionaron los artículos 9, 10 y 12 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, decreto que entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

Se indica en el documento que el 17 de febrero del presente año, el ciudadano Carlos Jesús Villavicencio Garayzar presentó demanda de amparo contra los actos contenidos en el decreto 1903, y obtuvo sentencia favorable del juzgado federal el 22 de julio del año en curso, básicamente porque mediante los artículos transitorios referidos, se le privó al quejoso de un derecho adquirido antes de la entrada en vigor de la normatividad reclamada.

En este sentido menciona que derivado del acto, el Congreso del Estado reconoció la declaratoria de inconstitucionalidad realizada, sin embargo el pasado 28 de noviembre el Poder Legislativo, el licenciado Gregorio Antonio Marín Bárcenas, secretario del Juzgado Tercero de Distrito, en funciones de Juez, resolvió requerir a las autoridades responsables.

“… seguir el mismo procedimiento que dio origen a las porciones normativas reclamadas, pero ahora para dejar a éstas sin efectos, porque de lo contrario, sería imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía individual que fue transgredida debido a la inconstitucionalidad de las normas impugnadas.

Este requerimiento fue notificado a este Congreso el día 30 de noviembre de 2011 a las 14:40, por lo que el diputado Juan Domingo Carballo Ruiz convocó a los integrantes de la XIII Legislatura a diversas reuniones de trabajo a discutir el asunto, habiendo acordado la derogación de los artículos Segundo, Tercero y Cuarto transitorios del Decreto 1903 mediante los cuales se reformaron y adicionaron los artículos 9, 10 y 12 de la Ley Orgánica de la UABCS.

El dictamen aprobado fue emitido por las Comisiones Permanentes de Puntos Constitucionales y de Justicia, y de Asuntos Educativos y de la Juventud Asuntos Fiscales y Administrativos.


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35 comentarios en “Derogación de artículos caso UABCS

  1. Avatar de C FUENTES C FUENTES

    Pobres Fundas, que se la creen que por mediatizar mucho una mentira, se les va a cuajar, aqui les va por qué nomás no les pega, ni les va a pegar el chicle:
    La Junta Consultiva no tiene (ni tenia) facultades para elegir rector a Villavicencio; porque eso fue lo que hizo, lo eligió, pues a rector solo se llega por medio de un proceso electoral que inicia con una convocatoria del Colegio Electoral (Facultad exclusiva del CGU).
    Las demas formas son de tipo administrativo y las establece el artículo 13 de la Ley Orgánica (RECTOR PROVISIONAL, RECTOR INTERINO Y RECTOR SUSTITUTO) de las 3 la única facultad que tiene la Jucón es la de nombrar RECTOR SUSTITUTO, pero únicamente bajo la condición legal de que haya una ausencia del RECTOR (ELECTO) de mas de 2 meses.
    Como puedes ver lo de Rodrigo Guerrero, no fue una AUSENCIA, sino una RENUNCIA, (el significado es totalmente diverso) pero su Renuncia se da a partir del día 03 de noviembre del 2010, siendo que la Jucon le da su nombramiento de RECTOR a Villavicencio el día 10 de diciembre del 2010, o sea 37 días después de la renuncia de RG.
    Para tu conocimiento, ni siquiera el CGU (Máxima autoridad en materia electoral dentro de la UABCS) puede ELEGIR directamente un RECTOR, pues esa es facultad de todos los universitarios (previa convocatoria del CGU)
    O sea que la Jucon, no solo USURPO funciones del Máximo Organo Electoral (CGU) sino que también la de todos los electores, pues el nombramiento de Villavicencio dice RECTOR y no RECTOR SUSTITUTO, que es la única facultad que la Ley Organica le concede a la Jucon.

    Así que de donde me salen con que VILLA es RECTOR???

  2. La UABCS, no puede seguir siendo rehén de grupos de poder dígase maestros amañados (vacas sagradas) que creen que no mas ellos pueden decidir sobre los destinos de la universidad, recuerden ellos que sus sueldos los pagan los contribuyentes sueldos que van de 60 mil a 80 mil pesos por hacer nada, puesto que tienen derecho a dos ayudantes académicos con sueldos de 15 mil cada uno, sumando nomas ahí un solo maestro de tiempo completo definitivo de la UABCS se lleva al mes 110 mil pesos en promedio, 1 millón 320 mil pesos al año, eso sin contar prestaciones de ley como aguinaldos, becas al desempeño académico, becas de asistencia, proyectos CONACYT, PIFIS, Becas PROMEP, otros 20 salarios mínimos mas al mes, ahora resulta que ganan mas que el Presidente de la República, todos ellos viven en fraccionamientos privados como FIDEPAZ, BELLAVISTA, LA PIEDRA, PERLA, etc, tienen a sus hijos en escuelas privadas pagadas por la universidad, como el caso del TEC de Monterrey, ya que según ellos ni de chiste ponen a sus hijos a estudiar en la UABCS, porque es una escuela de tercer mundo de baja calidad, pues como no va ser así si todo el presupuesto se lo chingan estos nefastos profesores, aves de mal agüero que quieren acabar con nuestra querida universidad, la solución es acabar con este sistema corrupto de cosas, donde solamente los grupos de poder dígase Valistas, entre ellos, Gustavo Cruz (Chabelo-pañales cagados), Dante Salgado (Scare Face o Walkin Dead), Jorge Fuentes (Platanito Show), Ediht Joaquina Gonzalez Cruz (Mata Viejitas) y su esposo Nachito Rivas (Pinocho-Yepeto), Andres Sandoval (Nalgas de Oro), Manuel Avila (Toy Story,o Charrito Kid), entre otros secuaces deben salir y ser procesados ante los tribunales por sus acciones en contra del patrimonio universitario, hay muchas tranzas de por medio ya es hora de pagar los platos rotos señores, se acabo el tiempo, no mas farsas y teatros montados, ya que ni esos saben hacer, caso concreto el poliforo cultural, seria un teatro universitario y se desvió el recurso por mas de 12 millones de pesos, este lugar quedo sin gradas, sin aire acondicionado, sin instalaciones de telefonía y datos (internet) y el techo es de lamina, como la ven no alcanzo ni para el colado, por ello es mejor que el gobierno estatal le entre al asunto y cierre las puertas a estas ratas de circo y se abra una nueva universidad con un nuevo esquema que realmente sea de beneficio para la sociedad, preguntemosno? que nos regresa a cambio la UABCS, no proponen investigaciones sociales de apoyo al estado o municipios, no participan en los COPLADES, nada de nada, y cuestan mucho o no economista, sales mas caro que beneficioso, ademas les recuerdo que antes que sus facultades de autonomía consagradas en el articulo 3 Constitucional , para poder gobernarse a sí mismas y realizar sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, para empezar no están fuera de la ley y tienen que rendir cuentas puesto que no se mantienen solos, son empleados del pueblo, no saben gobernarse, no difunden la cultura, no hacen investigaciones de impacto social hacia el estado, o sea ni siquiera cumplen con este principio de autonomía que tanto pregonan, déjense de endejadas y cumplan con su función de educar y no de robar al pueblo bola de ojetes.

  3. Avatar de yo...mero... yo...mero...

    A mi me vale cual de los dos este al frente, a ninguno lo conozco, y estoy de acuerdo en parte con justititia, sin embargo el juez no puede obligar a la universidad a sustituir rectores porque cuando se promovió el amparo se desestimo tener como autoridad responsable a la UNi y el quejoso, es decir villavicencio, no impugnó eso y no siendo parte en el juicio no la puedes obligar y si lo haces incurres en responsabilidad a traves de la Queja. Entonces como chingados va a obligar al Congreso y al ejecutivo a resituirlo como rector si ellos no mandan ni son parte del consejo universitario, ni se rijen por la normatividad universitaria. Este señor debió demandar la Reinstalación ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, tal y como lo ordena la Constituicón Federal y ya estuviera chambeando, Cruz en la banca, y los De la Rosa bien tronados. No soy Arturo ni Adrián de la Rosa, no la chinguen!!! solo es un razonamiento derivado de la sentencia de amparo y los desmadres que ha ocasinado el juez sustituto con su impericia.

  4. Avatar de Empinate Tantito Empinate Tantito

    Huuuuy como se simbró la Universidad heeee, no manches ni en Loreto que tembló (sarcasmo) no mames Colectivo, no pretendas manipular a la opninión pública ni seas tan amarillista, mucha gente entramos a esta página por la cobertura que realizan y que otros medios prefieren evitar, pero no caigan en el juego chafa de los encabezados tipo la Alarma

  5. El amparo solo beneficia a villavicencio, las nulidades o ilegalidades emitidas con posterioridad no son materia del amparo, y por tanto no tiene el alcance de afectar situaciones del consejo, administración o sindicato.

  6. Avatar de Tlacuache Tlacuache

    Lo que es, es simplemente que todo lo actuado, firmado, acordado, pactado después de Carlos Villavicencio no vale, se anula todo lo que han cobrado, firmado o actuado, desde que intervino el congreso a la fecha, todo deberá volver al estado original, esto es cuando estaba Carlos Villavicencio de ahí corre la cuenta de su periodo con toda su legalidad, el consejo consultivo como estaba, el consejo general como estaba, la administración como estaba, los sindicatos como estaban, todo a su estado legal.

  7. Hay mucha desinformación, ¿cual es la confusión? en el amparo se determinó que la ley por la cual se le dejó sin efectos su cargo como rector de la universidad a villavicencio es inconstitucional por afectar derechos ya adquiridos, textualmente el Juez de Distrito determinó que la normatividad reclamada en el amparo: «…va más allá de lo permitido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al afectar una situación preestablecida, en contravención a la garantía de irretroactividad de la ley, en perjuicio del quejoso (villavicencio) a quien se le desconoce su nombramiento que adquirió con anterioridad a la entrada en vigor de la normatividad, como rector de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, y se le priva de ese derecho, al establecerse una orden que deja sin efectos su nombramiento de rector, así como instrucciones para que se nombre un rector interino y, después, uno definitivo…»; y, el efecto del amparo fue para que: «…queden sin efectos y no le sean aplicados los artículos segundo, tercero y cuarto transitorios del decreto número 1903 por el que se reforman y adicionan los artículos 9, 10 y 12 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Baja California Sur, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el once de febrero de dos mil once…»; por lo que en términos del artículo 80 de la Ley de Amparo, deberán volver las cosas al estado que estaban antes de la violación de las garantías a villavicencio.

  8. Avatar de Lo que Veo Lo que Veo

    Si ambos que dicen que son rectores y que realmente quieren a la UABCS, lo que deberían hacer es renunciar al puesto y que se realicen nuevas votaciones siendo ellos únicamente los candidatos; que la comunidad universitaria decida

  9. Avatar de Objetivo Objetivo

    Sigan mintiendo, quizá algún día les crean. Todos los juicios se les ganaron y si Cruz con el apoyo de Adrian De la Rosa y Arturo De la Rosa montaron un gran circo,eso no quiere decir que sea legal. Cirqueros y mentirosos … y en una Universidad, !por favor¡

  10. Avatar de el metiche el metiche

    con esto estan acabando con la poca dignidad que tenia la UABCS como institucion, apoco creen que una persona como Carlos Villavicencio sera capas de dirigir a la universidad, cuando la junta lo propuso fue precisamente por eso por que es una persona problematica que estaria creando este tipo de condiciones, por otro lado lo que no entiendo es por que un secretario del jusgado dicta un resolutivo y no el juez, ……..lo que deberia de hacer villavicencio es si realmente tiene cariño por la institucion, someterlo a una eleccion dentro de la universidad, para que si asi se acuerda entre legitimado por un proceso, de lo contrario seria …..espurio….

  11. Avatar de el choyero vengador el choyero vengador

    aqui lo importante es ver kien la rego y por ke, segun la ley organica de uabcs, en caso de que falte rector, entraria al kite el consejo consultivo, ese es una de las funciones que tiene el consejo consultivos, otra d elas funciones ke tiene es que en ese caso proponer al rector suplente y el consejo universitario en su caso rectificarlo, lo que sucedio fue que el consejo propuso y rectifico y dejo abanicando lapropuesta de consejo universitario, de ahi viene la bronca, desde ke el consejo universitario propuso ( que al consejo no le tocaba ese papel legalmente) al maestro gaytan y elloos mismo lo rectificaron (ese papel si le tocaba) de ahi viene la bronca, ahora hya que ver ke pasa legalmente con el maestro cruz, por que el gano las eleccecciones bien, la bronca viene desde que el maestro gaytan fue nombrado rector por el consejo universitario con artimañas….

  12. Avatar de yo...mero... yo...mero...

    Hay les va la fracción VII del articulo 3 Constitucional:
    Artículo 3.- VII.- Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere, y….

    El apartado B del articulo 123 se refire a la competencia d ela Junta Federal de Cociliación y arbitraje lo que quiere decir que el asunto debio llevarlo el Rector a la Junta de Conciliación y no al Juez de Distrito, pero como hay jueces mas brutos que el mentado Gil y los ignorantes que tachan a este de tonto y que han de estar por el estilo o peor, pues la confusión crece.

    1. Avatar de sergei sergei

      Que parte no entiendes que es ilegal desde el momento en que a Gaytan lo nombro un organo que no estaba facultado para ello con un modificación a la norma universitaria que se estaba aplicando retroactivamente. La autonomia no es extraterritorialidad.

      1. Avatar de C FUENTES C FUENTES

        Sergei:
        No se que eres mas, si bruto o ignorante, pero al caso da lo mismo.
        Para que te ilustres, la Junta Consultiva no tiene (ni tenia) facultades para elegir rector a Villavicencio; porque eso fue lo que hizo, lo eligió, pues a rector solo se llega por medio de un proceso electoral que inicia con una convocatoria del Colegio Electoral (Facultad exclusiva del CGU).
        Las demas formas son de tipo administrativo y las establece el artículo 13 de la Ley Orgánica (RECTOR PROVISIONAL, RECTOR INTERINO Y RECTOR SUSTITUTO) de las 3 la única facultad que tiene la Jucón es la de nombrar RECTOR SUSTITUTO, pero únicamente bajo la condición legal de que haya una ausencia del RECTOR (ELECTO) de mas de 2 meses.
        Como puedes ver lo de Rodrigo Guerrero, no fue una AUSENCIA, sino una RENUNCIA, (el significado es totalmente diverso) pero su Renuncia se da a partir del día 03 de noviembre del 2010, siendo que la Jucon le da su nombramiento de RECTOR a Villavicencio el día 10 de diciembre del 2010, o sea 37 días después de la renuncia de RG.
        Para tu conocimiento, ni siquiera el CGU (Máxima autoridad en materia electoral dentro de la UABCS) puede ELEGIR directamente un RECTOR, pues esa es facultad de todos los universitarios (previa convocatoria del CGU)
        O sea que la Jucon, no solo USURPO funciones del Máximo Organo Electoral (CGU) sino que también la de todos los electores, pues el nombramiento de Villavicencio dice RECTOR y no RECTOR SUSTITUTO, que es la única facultad que la Ley Organica le concede a la Jucon.
        Como te quedó el Ojo payaso???

  13. Avatar de yo...mero... yo...mero...

    Nada de que este Congreso del Estado!!!, este desmadre del Rector lo realizó la legislatura anterior no se hagan weyes… además son puras estupideces empezando con el secretario en funciones de juez, las cosas las esta dejando peores con su ignorancia, de que sirve que el Congreso deroge los articulos señalados en su requerimiento, eso no le va a devolver al señor Villavicencio la Rectoría ya que la única autoridad que lopuede hacer es el Consejo Universitario y este no es oarte en el Amparo porque el propio Juez a sí lo determinó en atención de la Autonomía Universitaria. lo único que se va a ganar es enredaar mas las cosas incluso ese juez podrías ser sujeto s una queja ante el Consejo de la Justicia Federal por extralimitarse en sus funciones…..Lean por favor la fracción VII del articulo 3 de la Constitución Federal.

  14. Avatar de Trabajador Trabajador

    Es una lastima que estos eventos no dejen trabajar en paz al Rector Gustavo Cruz que da muestras de ser honesto trabajador y capaz. Para mi todo este lio es mas mediatico al Villavicencio la comunidad no lo acepta por deshonesto tiene un largo historial de crapula

  15. Avatar de EL BARBON DEL CERRO ATRAVEZADO EL BARBON DEL CERRO ATRAVEZADO

    TUVE LA OPORTUNIDAD DE ASISTIR A UNA REUNION DE ESTE GRUPO DE PATANES QUE SE DICEN SER DIPUTADOS. LA NETA, SON UNA BOLA DE CREIDOS Y SABELOTODOS. INCHES BURROS, VERDAD OMAR, O NO CARBALLO ETC.

  16. ESTE CONGRESO DEL ESTADO NOMAS NO DA UNA PUROS BURROS EMPEZANDO CON UNTAL GIL ….. QUE VA HACER DE LA UEBACS SE APROXIMA UNA HUELGA MAS Y SIN RECTOR QUE VE A SUCEDER……………QUERIAN PAN Y NO LES DAN QUERIAN HUESO Y SE LES ATORA EN EL PESCUEZO A LA VIBORA VIBORA DE LA MAR TODOS TRAEN SU CAJA DE PAN A LO MADURO A LO MADURO QUE SE VOLTEE CUEVA TORBALLIDO POR BURRO…….JAJAJAJA..altime

    1. Avatar de Sergio Bautista perez Sergio Bautista perez

      UBICATE POR FAVOR, LA AUTONOMIA SE DETERMINA POR LA CONSTITUCION MEXICANA Y POR LA LEY ORGANICA DE LA PROPIA UNIVERSIDAD, AQUI DE LO QUE SE TRATA PRECIZAMENTE DE RESCATAR EL PRESTIGIO DE LA INSTITUCION CONFORME A DERECHO QUE ANTERIORMENTE HABIA SIDO PISOTEADO.

  17. Avatar de EL TERRIBLE EL TERRIBLE

    ¿AHORA SI ENTENDISTE DIPUTADO GIL CUEVA TABARDILLO? PORQUE POR LO QUE HEMOS VISTO Y CONOCIDO DE TUS ACTUACIONES, ERES UN PERFECTO IGNORANTE Y BUENO PARA NADA, ¿NO QUE EL CONGRESO YA HABÍA HECHO LO CONCERNIENTE? YA NOS IMAGINAMOS LAS BARBARIDADES Y TONTERIAS QUE HAS DE ESTAR HACIENDO EN TU CALIDAD DE PRESIDENTE DEL CONGRESO, PANISTA TENÍAS QUE SER Y DE COMONDÚ QUE SON LOS PEORES, O NO SR. PEREZ?

    1. Avatar de priista priista

      CON ESTO SE DERRUMBAN CARLOS MENDOZA DAVIS Y ARTURO DE LA ROSA YA QUE EN ESTE TEMA DE LA UNIVERSIDAD TENIAN METIDA LAS MANOS A TRAVEZ DE SUS PROTEGIDO GUSTAVO CRUZ. EL TIEMPO SIEMPRE DA LA RAZON Y MENDOZA DEBE ENTENDER QUE CON JUGAR A LA MALA NO LO VA A LLEVAR A NINGUN LADO. (POSIBLEMENTE A LA CARCEL A ACOMPAÑAR A LOS PERREDISTAS LAMIDOS)

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